La Audiencia Provincial de Alicante ha permitido a un hombre conservar su rottweiler pese a la oposición de la comunidad de propietarios del edificio de El Campello donde vive. La comunidad de vecinos presentó una demanda contra el dueño del perro alegando que era agresivo y que las ordenanzas internas del edificio prohibían expresamente la tenencia de perros peligrosos.
Los magistrados han llegado a la conclusión de que no hay motivo alguno para desalojar al rottweiler del edificio porque la comunidad no ha logrado demostrar que el perro suponga un peligro, que esté prohibido tenerlo o que cause molestias. La Sección Quinta de la Audiencia Provincial ha ratificado una sentencia de una juez de Primera Instancia que ya dio la razón al dueño del rottweiler. La comunidad celebró una junta extraordinaria el 29 de octubre de 2004 para requerir al demandado que se deshiciera de su animal La comunidad pidió a los jueces que prohibieran al dueño del perro seguir viviendo en el edificio si no se deshacía del rottweiler.
El tribunal entiende que el demandando sí tiene derecho a conservar su perro a pesar del supuesto peligro que alegan los vecinos. Los magistrados restan validez a la regulación de la comunidad que prohibía la tenencia de canes de razas peligrosas porque «se trata de una norma adoptada» expresamente «para la expulsión del perro del demandado». El fallo sostiene que el fondo del asunto es determinar «si nos encontramos en el supuesto previsto» en «la ley de Propiedad Horizontal que permite establecer limitaciones en el uso de las viviendas cuando en ellas se haga un uso que pueda ser molesto para los vecinos». Los magistrados de la Sección Quinta inciden en que que la comunidad de propietarios no ha demostrado la supuesta «actividad peligrosa, prohibida o molesta». La sala cierra el fallo autorizando el dueño del rottweiler a que lo conserve al no «probarse la existencia de un peligro por la tenencia del perro en la vivienda del demandado».
Fuente : Diario Información (Edición digital) Alicante, 17-08-2007
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