viernes, 20 de enero de 2012

AHORA SI... "CHATEAR" EN LA EMPRESA = DESPIDO PROCEDENTE

El Tribunal Supremo cambia radicalmente y, en una Sentencia de unificación de doctrina, declara procedente el despido de una trabajadora que se pasaba horas "chateando", haciendo compras o bajando fotos de su hija en el ordenador de la empresa, durante su jornada de trabajo.

La clave del cambio de criterio del TS : La empresa había advertido por escrito a toda la plantilla.