jueves, 27 de diciembre de 2007

SIN PAPELES Y EN HUELGA

El Tribunal Constitucional ha declarado el derecho a la huelga de todos los trabajadores extranjeros, tengan o no permiso de trabajo en España.
En una sentencia en la que estima el recurso interpuesto en este sentido por la Junta de Andalucía, el Alto Tribunal declara la inconstitucionalidad y nulidad del inciso "cuando estén autorizados a trabajar" que figura en el artículo 11.2 de la Ley de Extranjería, que regula la libertad de sindicación y huelga de los extranjeros. El Constitucional afirma que "no resulta constitucionalmente admisible la exigencia de la situación de legalidad en España para el ejercicio de huelga por parte de los trabajadores extranjeros", y recuerda que la propia Ley de Extranjería dice que la carencia de permiso de trabajo no invalida el contrato de trabajo respecto a los derechos del trabajador extranjero. De este modo, continúa el TC, el legislador quiso proteger los derechos del trabajador extranjero que, aun careciendo de autorización administrativa para trabajar, "está efectivamente trabajando en nuestro país". "Tales derechos -regulados por el Estatuto de los Trabajadores y entre los que se encuentra el de huelga- no se atribuyen a la persona en razón de su nacionalidad o de la situación administrativa en la que puede encontrarse en un momento determinado, sino sólo por el hecho de ser trabajador", añade la sentencia.
El TC concluye, por tanto, que "la exclusión total del derecho de huelga de aquellos trabajadores extranjeros que trabajen a pesar de carecer de la correspondiente autorización administrativa para ello -la cual, por lo demás, no están personalmente obligados a solicitar- no se compadece con el reconocimiento del derecho de huelga que proclama el artículo 28 de la Constitución". Además, el Alto Tribunal responde en su resolución a la alegación de la Abogacía del Estado de que es "absurdo" reconocer el derecho a la huelga a un extranjero que no tiene autorización para trabajar. "No resulta absurdo (...) reconocer este concreto derecho a los extranjeros no autorizados administrativamente para trabajar en España, quienes pueden ejercerlo para la defensa de sus intereses, entre los que puede encontrarse la regularidad de su situación, pese a la irregularidad de la misma". El pasado 8 de noviembre, el TC ya declaró inconstitucionales tres artículos de la Ley de Extranjería que condicionaban el ejercicio de los derechos de reunión, manifestación y asociación y la libertad de sindicación a poseer autorización de estancia o residencia en España.
Fuente : Diario Información (Edición digital) Alicante, 27.12.2007

lunes, 17 de diciembre de 2007

POR UN DIA.........SIN VIUDEDAD

El Tribunal Supremo ha denegado el derecho a cobrar una pensión de viudedad a una mujer que tenía previsto casarse pero que finalmente no lo hizo porque su pareja falleció antes del día señalado para la boda, al estimar que el propósito de contraer matrimonio no puede valorarse como la existencia del mismo.
Así lo acuerda la Sala de lo Social del TS en una sentencia en la que estima el recurso interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) contra la dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que reconoció que la mujer tenía derecho a cobrar dicha pensión pues convivió como pareja de hecho desde 1999 y en 2003 promovieron expediente ante el Registro Civil de Barcelona para contraer matrimonio civil.
Según explica la sentencia, tenían señalado un día para celebrar el enlace, pero fue suspendido por estar el futuro marido ingresado en un hospital y fue señalado un nuevo día, pero no pudo celebrarse al fallecer el hombre. Un Juzgado de lo Social de Barcelona denegó la pensión a la mujer, al igual que el INSS, pero posteriormente el TSJC concluyó que sí debía cobrarla, ya que la voluntad de contraer matrimonio "estaba clara". Para el TSJC, "situaciones trágicamente excepcionales como la juzgada no pueden perjudicar el derecho a gozar de las prestaciones de la Seguridad Social, cuya finalidad es proteger a los beneficiarios en situaciones de necesidad, sin que una interpretación rígida y formalista de las normas pueda dejarlas sin amparo". Sin embargo, el Supremo argumenta en su resolución que no basta para poder recibir dicha pensión el hecho de la convivencia "more uxorio" durante años, seguida de escritura de unión estable de pareja y expediente ante el Registro Civil para contraer matrimonio. "La cuestión consistente en determinar si el propósito de contraer matrimonio puede valorarse como la existencia del mismo ha de decidirse en sentido negativo", concluye el Alto Tribunal.
Fuente : Diario Información (Edición digital) Alicante, 17-12-2007

martes, 11 de diciembre de 2007

EL "GORDO" DE LA EX

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de un año de prisión impuesta a un vecino de Canet de Mar (Barcelona) que se negó a compartir con su ex novia un décimo de lotería premiado con 200.000 euros del 'Gordo' de Navidad que habían adquirido a medias cuando aún eran pareja.Así lo acuerda la Sala de lo Penal del TS en una sentencia, en la que desestima el recurso que el acusado interpuso contra la dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona el pasado mes de enero.La Audiencia de Barcelona condenó al procesado a la citada pena por apropiación indebida, e impuso seis meses de cárcel a cuatro familiares y allegados suyos, a quienes absuelve el Alto Tribunal al considerar que no reúnen la condición de cómplices.
El procesado y su familia fueron juzgados a raíz de la querella que la novia de éste presentó tras su negativa a entregarle la mitad del décimo premiado, como le correspondía. Según explica la resolución, en verano de 2003 el procesado y la que entonces era su compañera sentimental encargaron a un primo que les comprara un décimo de lotería de Navidad en Sort y lo pagaron con dinero procedente de sus fondos comunes.La ruptura de la convivencia se produjo un mes antes del sorteo de lotería navideña celebrado el 22 de diciembre de 2003. En el sorteo de Navidad el décimo que la pareja había adquirido, y que guardaba el procesado ., resultó agraciado con 200.000 euros correspondientes al 'Gordo', por lo que en Nochebuena su ya ex-pareja llamó por teléfono a su ex novio para reclamarle su parte del premio. Unos días después los padres de él. acudieron al domicilio de ella para explicarle que le correspondía sólo una sexta parte del premio, y que el décimo se lo habían repartido entre cinco familiares.
El matrimonio alegó que el décimo agraciado había sido aportado por su hijo a un fondo común en el que ellos mismos, así como otro de sus hijos y un amigo de la familia, habían integrado también un número, con el compromiso de que lo repartirían a partes iguales en el caso de que resultara premiado.Por este motivo entregaron sólo 33.000 euros la "ex". que, disconforme con el dinero percibido, presentó la citada querella.
La sentencia de la Audiencia de Barcelona obligó a los procesados a devolverle los otros 66.000 euros que tenía derecho a percibir, al considerar que no se ha podido probar la existencia de ese fondo común. Según explica la resolución del TS, el acusado urdió una trama, 'en cierto modo ingeniosa', que consiste en 'esgrimir un imaginario fondo de lotería, muy habitual en esos sorteos, para así defraudar las legítimas expectativas y derechos de la denunciante a la mitad de lo que le correspondía'.
Fuente : Terra.es

martes, 20 de noviembre de 2007

MUCHO RUIDO.....Y ¿POCA JUSTICIA?

El Tribunal Supremo estudiará el próximo 19 de diciembre una demanda de un matrimonio de Alicante contra 5 magistrados del Tribunal Constitucional, entre ellos su presidenta, María Emilia Casas, en la que piden una indemnización porque estiman que éstos inadmitieron un recurso sin entrar en el fondo del asunto.
El pleno de la sala de lo civil del Tribunal Supremo (TS) deliberará el próximo 19 de diciembre sobre la admisión o no de dicha demanda de juicio ordinario de responsabilidad civil contra Casas, Javier Delgado, Roberto García-Calvo, Jorge Rodríguez-Zapata y Manuel Aragón, a quienes se reclama en total 10.000 euros por infracción de deberes en su actividad profesional.
El matrimonio denunció que han soportado entre enero de 1997 hasta octubre de 2000 niveles de ruido superiores a los permitidos reglamentariamente, lo que ha afectado a su salud.En 2003 los demandantes, ambos licenciados en Derecho, formularon un recurso de amparo ante el TC en el que impugnaban una sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante que concluía que no existían perjuicios indemnizables por el referido ruido.Tras ello interpusieron un incidente de nulidad de la sentencia por considerar que se había omitido toda valoración relativa a una prueba pericial psicológica efectuada, lo que no admitió la Audiencia alicantina.Posteriormente, interpusieron un recurso de amparo ante el TC, que lo desestimó.
Según el letrado de los demandantes, el TC tomó esta decisión con "patente arbitrariedad" y con una argumentación "falsa y maliciosa" de que al promover la nulidad de actuaciones no se denunciaron defectos reales de forma que hubieran causado indefensión.El representante legal del matrimonio consiguió en 2004 que el Supremo condenara a once magistrados del Constitucional a indemnizarle con 500 euros cada uno por archivar un recurso de amparo sin haberlo examinado previamente.
Fuente : Diario Información (Edición digital) Alicante, 20.11.2007

viernes, 2 de noviembre de 2007

LA OAMI NO QUERER A TARZAN

El grito de Tarzán reinaba en la jungla, pero no cautiva a los burócratas de la Unión Europea (UE), que se han negado a convertir el famoso alarido en una marca registrada. Los herederos del escritor estadounidense Edgar Rice Burroughs, creador del legendario «hombre-mono», quieren patentar el chillido en la UE, sabedores de que pueden amasar una fortuna por el uso del grito en vídeo-juegos, anuncios y sintonías de teléfono móvil.Pero tras una batalla legal de diez años, los responsables del legado de Burroughs (1875-1950), cuyo personaje vio la luz en el libro «Tarzán de los monos» (1914), se han topado con las reticencias de la Oficina para la Armonización del Mercado Interior (OAMI), el registro europeo de marcas con sede en Alicante.El organismo se ha negado a registrar el alarido, en respuesta a la solicitud de la empresa londinense de propiedad intelectual RGC Jenkins & Company, que representa en el contencioso a los herederos del padre de Tarzán, según publicaba ayer el diario «The Times».
En la solicitud, Edgar Rice Burroughs Incorporated (sociedad de los herederos), incluyó dos imágenes que representaban el sonido de la llamada del «hombre-mono»: una de la onda del sonido y otra de un espectrograma (gráfico) de las frecuencias del grito.El espectograma, por cierto, procede de la primera película sobre el hombre blanco criado entre monos protagonizada en 1932 por el mítico nadador y actor estadounidense Johnny Weissmuller (1904-1984), acaso el Tarzán más famoso de la historia de Hollywood.
Sin embargo, la OAMI argumenta que el chillido, que consta de «cinco fases distintas», de acuerdo con las pruebas presentadas por los herederos de Burroughs, no puede registrarse como marca porque no cumple varios criterios necesarios para poder considerarlo así. El registro aduce, entre otras consideraciones, que el espectograma no explica con claridad el sonido y el grito tampoco puede ser transcrito a notas musicales. «Es imposible - según sostiene la OAMI en su resolución - reconocer en la imagen aportada si el sonido representado es una voz humana u otra cosa, como por ejemplo, la melodía de unos violines, unas campanas o el ladrido de un perro».«Nadie - prosigue la Oficina para la Armonización del Mercado Interior - podría imitar el grito de Tarzán a partir del espectograma y nadie lee espectogramas por entretenimiento».
Desde RGC Jenkins & Company, Stephen James no ha ocultado su decepción por el fallo: «He pasado los últimos diez años - comentó - intentando conseguir la marca del grito de Tarzán, pero el problema (finalmente) ha sido reproducir el sonido en papel».«Nosotros mantenemos que cualquiera que tenga entre cinco y 105 años de edad y que escuche el sonido, dirá que es Tarzán», afirmó James tras conocer el fallo de la oficina ubicada en Alicante, al subrayar que «existe mucho interés» de gente que desea utilizar el nombre y el peculiar grito del «hombre-mono».
Fuente : Diario Información (Edición digital) Alicante, 2.11.2007

miércoles, 31 de octubre de 2007

¿....YO SOY TÚ........O TÚ ERES YO?

La juez del juzgado de lo Penal número 5 de Alicante se ha visto obligada a remitir de nuevo un caso de agresión al juzgado de Instrucción de Alcoy para dilucidar la verdadera identidad del acusado . Y no es que tenga doble personalidad ni documentos falsos, sino un hermano gemelo al que él mismo acusa. El denunciante y los testigos no saben decir cuál es el presunto agresor.
Tras una pelea en Alcoy, un herido presenta una denuncia contra la persona a la que acusa de haberle agredido. Los mecanismos judiciales se ponen en marcha y, finalmente, el caso llega esta semana al Palacio de Justicia de Alicante. Hasta ahí todo normal. Lo que sucedió después bien podría haberlo parido Luis García Berlanga como parte del argumento de una de sus célebres comedias. Tras la preceptiva fase de instrucción en Alcoy, en la que se investigan las circunstancias de lo sucedido, el caso recala en el juzgado de lo Penal número 5 de Alicante. Durante el desarrollo del juicio es cuando entra en escena una invitada no deseada: la confusión. El hombre acusado resulta que tiene un hermano gemelo, físicamente idéntico a él y al que acusa de ser quien en realidad participó en la pelea por la que está sentado en el banquillo, según fuentes próximas al caso, que añaden que ni el denunciante, ni los testigos llamados a declarar se lograron poner de acuerdo en asegurar cuál de los dos fue el presunto agresor. De este modo, el que ahora paradójicamente habría que llamar «presunto acusado» deberá demostrar que no fue el autor de la agresión, sino su gemelo, quien obviamente, conforme al guión, también deberá negarlo y proceder de la misma forma.
Según las citadas fuentes, la víctima alberga dudas razonables sobre la verdadera identidad de su agresor, argumentando que recibió fuertes golpes en el transcurso de la trifulca y, por lo tanto, se considera incapaz de diferenciar, entre estas dos gotas de agua, a la persona que le agredió. Tampoco los testigos que fueron citados al juicio se atrevieron a poner la mano en el fuego por ninguno de los dos, por si acaso se quemaban. Y es que los testigos están obligados por la ley a decir toda la verdad y sólo la verdad; no así el acusado, que puede intentar protegerse utilizando todos los métodos a su alcance.
La ceremonia de la confusión estaba servida. La incertidumbre sobre quién de los dos hermanos es el presunto agresor y, por tanto, sobre cuál de ellos debe ser el acusado lleva a la magistrada titular del Juzgado número 5 de lo Penal a tomar la decisión más lógica y sensata: volver a remitir el caso al juzgado de Instrucción correspondiente de Alcoy para que lleve a cabo una investigación suplementaria con el objetivo de resolver el dilema. Esta necesaria derivación dilatará varios meses la celebración del juicio, máxime teniendo en cuenta que Alcoy pertenece a un partido judicial que acumula retrasos. Quizá debiera declarar la madre de los gemelos, porque ¿quién mejor para distinguirlos?
Fuente : Diario Información (Edición digital) Alicante, 31.10.2007

martes, 30 de octubre de 2007

SIN ROPA....Y SIN SANCIÓN

El Ejército de Tierra estudia y analiza el posado de una soldado desnuda en la revista «Interviú», aunque, «en principio, no parece que haya motivos» para tomar medidas disciplinarias en su contra, informan fuentes militares. Los servicios jurídicos del Ejército de Tierra valoran, como protocolo habitual ante cualquier acontecimiento relacionado con sus efectivos, la nueva situación creada por la aparición de la soldado Pilar Pacheco, desnuda en un reportaje de esa revista.
Las mismas fuentes señalaron que, en principio, no parece que haya motivos para tomar ninguna medida disciplinaria ni sancionadora, ya que se trata de su vida privada. El reportaje no reproduce ningún emblema ni insignia del Ejército cuya aparición fuera susceptible de ser considerada falta según las ordenanzas militares, aunque la joven aparece en alguna instantánea vestida con uniforme militar.
Bajo el titular «Por primera vez una soldado se desnuda. Pilar Pacheco, un paso al frente», la militar afirma que el Ejército es un sentimiento, una pasión y su vida. Expresa su respeto por los símbolos y por la institución militar, por lo que posa sin insignias ni distintivos. Pilar Pacheco, de 26 años, realiza trabajos de administrativa en un cuartel de Infantería Ligera de Ceuta.
Por su parte, la Asociación Unificada de Militares dijo que la soldado «no puede ser merecedora de ningún tipo de reproche disciplinario». El secretario general de AUME, Mariano Casado, declaró que este reportaje pertenece a la «esfera privada» de la militar y apuntó que no puede ser castigada porque, incluso, lo publicado en la citada revista tiene un «componente de creación artística fotográfica».
A su juicio, el reportaje respeta a la institución militar y no vulnera ningún principio de las Reales Ordenanzas que regulan los derechos y deberes de los militares, al tiempo que se preguntó «si, por ser militar, se está absolutamente vetado a todo». «Lo primero es la libertad», señaló la AUME.
Fuente : Diario ABC (Edición digital) 30.10.2007

domingo, 14 de octubre de 2007

"MANTEROS" Y DERECHOS DE AUTOR

L a titular del juzgado de lo penal número cuatro de Alicante ha dado un duro revés a la industria discográfica al absolver a un mantero porque no se ha acreditado que el principal colectivo de gestión de derechos de autor los tuviera cedidos. La sentencia cuestiona las condenas a los manteros en favor de las sociedades de autor sin que se acredite quienes son los titulares de los derechos de la propiedad intelectual.
El fiscal pidió al finalizar el juicio que un senegalés que fue sorprendido en Alicante vendiendo 194 CD y 40 DVD falsos fuera condenado a seis meses de cárcel. La juez considera probado que el mantero vendía copias falsas, pero advierte de que no se ha demostrado si los derechos fueron cedidos por los autores a la Asociación Fonográfica y Videográfica Española (AFYVE). La sentencia apunta en el apartado de hechos probados que el acusado fue detenido por la Policía Local sobre las 21.15 horas del 4 de febrero de 2006 por vender CD y DVD falsos sobre una manta extendida. La Policía y un perito judicial certificaron que tanto el contenido como las carátulas eran copias de sus originales. La magistrada insiste en los fundamentos de derecho de que «lo crucial en el caso que nos ocupa es» que «no se ha acreditado que los sonidos e imágenes de los efectos incautados constituyan obras sobre las que alguien tenga derecho de propiedad intelectual». El fiscal puede recurrir la sentencia ante la Audiencia Provincial.
Los jueces de Alicante han demostrado una actitud tolerante con los manteros. Otro magistrado alicantino falló que los manteros no causan un perjuicio económico a las industrias discográficas y cinematográficas. El juez condenó a los acusados pero les eximió de indemnizar a la Asociación Videográfica y Fonográfica Española. El magistrado se opuso a que los condenados indemnizaran a la sociedad de gestión de derechos de autor al estimar que no está demostrado que la distribución de CD o DVD en la calle implique un descenso de ventas en los comercios.
Fuente : Diario Información (Edición digital) Alicante, 14.10.2007

domingo, 7 de octubre de 2007

SI BEBES...........¿NO HAY PROBLEMA?....

El abogado de un conductor acusado de circular ebrio ha pedido a la magistrada que lo va a juzgar que lo emborrachen para demostrar que no le afecta el alcohol. El letrado pretende que un perito certifique que el acusado se encuentra en perfecto estado para conducir con una tasa superior a la permitida. La juez se ha opuesto a admitir la prueba al estar convencida de que la motivación del bebedor y su reacción no sería igual, según confirmaron fuentes del Palacio de Justicia. El juicio se va a celebrar el 30 de octubre en el juzgado de lo Penal número seis de Alicante.
El acusado fue detenido en la madrugada del pasado veinte de septiembre cuando supuestamente circulaba bajo los efectos del alcohol por Alicante. El conductor dio 0,57 miligramos de alcohol por litro de aire espirado cuando el límite legal está en 0,25.El abogado defensor se dirigió hace una semana al juzgado para pedir que un médico forense determine la capacidad del acusado para conducir con una tasa de 0,57 miligramos después de beber alcohol.La titular del juzgado de lo Penal número seis ha rechazado la petición del letrado por «impertinente». La juez advierte en su motivación de que con la prueba solicitada no se tendrían en cuenta variables como «la ingesta alimenticia, el estado previo de sueño-vigilia y sobre todo la motivación del sujeto antes» de beber. La magistrada incide en que «son factores de variabilidad que determinan que el comportamiento humano sea irrepetible».
El escrito de acusación del fiscal recoge que el conductor imputado circulaba a gran velocidad cuando fue interceptado por la Policía Local de Alicante tras una persecución que se inició en la avenida de Elche y que terminó en la avenida Catedrático Soler. Los policías locales constataron que el acusado circulaba de forma anómala, «desplazándose en zigzag de un lado a otro de la calzada». Los agentes, siempre según el fiscal, comprobaron que el conductor «presentaba un fuerte olor a alcohol en el aliento, una deambulación titubeante, un equilibrio inestable y las pupilas dilatadas». Los policías sometieron al conductor a la prueba de alcoholemia, que dio en un primer momento 0,57 y en un segundo 0,53. El fiscal pide una condena de multa de 1.350 euros y quince meses de privación del permiso de conducir.
Fuente : Diario Información (Edición digital) Alicante, 7.10.2007

sábado, 6 de octubre de 2007

SI ME VAS A ESPIAR....DÍMELO ANTES

Las empresas deben establecer unas reglas de uso de sus ordenadores y advertir a los trabajadores de que va a existir un control sobre su utilización, según establece el Tribunal Supremo (TS) en una sentencia en la que confirma la nulidad del despido de un directivo de una empresa por acceder a páginas pornográficas de Internet.
El TS desestima así el recurso presentado por una empresa contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que declaró improcedente el despido de un director general al considerar que no era válida la prueba de la empresa porque había sido obtenida mediante un registro de un efecto personal -el ordenador- sin cumplir las exigencias del Estatuto de los Trabajadores.
No obstante, el Supremo considera que el empresario tiene que controlar el uso de los ordenadores que se facilitan a los trabajadores y «comprobar si su uso se ajusta a las finalidades que lo justifican, ya que en otro caso estaría retribuyendo como tiempo de trabajo el dedicado a actividades extralaborales».
El directivo fue despedido después de que un técnico detectara la existencia en la carpeta de archivos temporales del ordenador antiguos accesos a páginas pornográficas.
El tribunal reconoce la existencia de un hábito social generalizado de «tolerancia» con ciertos usos personales «moderados» de los medios informáticos y de comunicación facilitados por la empresa a los trabajadores.
Esa tolerancia -explica el TS- crea una expectativa también general de confidencialidad en esos usos, que «no puede ser desconocida aunque tampoco convertirse en un impedimento permanente del control empresarial».
Por ello, recalca el Supremo, lo que debe hacer la empresa es «establecer previamente las reglas de uso de esos medios -con aplicación de prohibiciones absolutas o parciales- e informar a los trabajadores de que va a existir control y de los medios que han de aplicarse en orden a comprobar la corrección de los usos».
De esta forma -considera el alto tribunal- si el ordenador se utiliza para usos privados en contra de estas prohibiciones y con conocimiento de los controles «no podrá entenderse que, al realizar el control, se ha vulnerado una expectativa razonable de intimidad».
Fuente : Diario ABC (Edición digital) 6-10-2007

domingo, 23 de septiembre de 2007

HEREDEROS "PRECONSTITUCIONALES"

El Tribunal Supremo ha excluido de la herencia de un hombre a siete de sus once hijos porque los tuvo fuera del matrimonio y, cuando murió en 1976, no había entrado en vigor la Constitución que en 1978 proclamó que todos los hijos son iguales ante la Ley, independientemente del origen de su filiación.
Así lo acuerda la sala de lo civil del TS en una sentencia, en la que estima el recurso que interpusieron los otros cuatro contra la dictada por la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria en 2000, que estableció que la herencia correspondía a todos.La resolución cuenta con un voto particular discrepante del magistrado Xavier O'Callaghan, quien alega que 'no puede un juez constitucional aplicar una normativa frontalmente contraria a la Constitución'.
Según explica la resolución, J.R.F. contrajo matrimonio en 1927 con una mujer con la que tuvo cuatro hijos y se separaron matrimonialmente mediante sentencia canónica en 1942.Desde entonces convivió con otra mujer con la que tuvo otros siete hijos y con la que se casó cuando se quedó viudo en 1976, año en el que falleció.
J.R.F. adquirió dos fincas y las inscribió a su nombre en el Registro de la Propiedad y, al fallecer sin testamento, fueron todos declarados herederos, lo que recurrieron los cuatro hijos matrimoniales.Un juzgado de primera instancia desestimó la demanda, lo que confirmó la Audiencia Provincial, ya que 'la sanción sobre los hijos no matrimoniales la consideró injusta y desproporcionada' y estimó que contrariaba esta aplicación la realidad social del momento.
'Se ha dicho autorizadamente que la fecha del fallecimiento será la que determina qué personas y en qué cuantía tienen derechos a su herencia como herederos o legatarios', concluye.Sin embargo, el TS recuerda que la diferenciación de filiaciones desapareció desde la vigencia de la Carta Magna de 1978 y 'tal modificación tenía efectos retroactivos, pero para las sucesiones abiertas con posterioridad a la vigencia de la Constitución'.
Por su parte, el magistrado O'Callagham destaca en su voto particular que 'un órgano jurisdiccional como es el Tribunal Supremo no puede aplicar una normativa vigente al tiempo de los hechos que choque hoy directamente con la Constitución'.'La realidad social imperante en la época que le tocó vivir al causante -concluye- resulta especialmente injusta para siete de sus hijos', a los que, a su juicio, 'no se les puede obviar en la sucesión hereditaria pues sería una resolución frontalmente contraria a la Constitución'.
Fuente : Terra.es

miércoles, 19 de septiembre de 2007

DEMANDA "DIVINA"

Un senador estatal de Nebraska presentó una demanda judicial contra Dios. 'Harto' de las "nefastas catástrofes" en el mundo, que sólo provocan muerte y destrucción, ha decidido acudir a la justicia estadounidense, donde todo parece posible tras su admisión a trámite el pasado 14 de septiembre por la Corte del distrito de Douglas, en Nebraska.
Por si la justicia tiene problemas a la hora de identificar al demandado, Chambers advierte que es conocido por varios "alias, títulos, nombres y designaciones". En cualquier caso tiene todo pensado. Ante la imposibilidad de que Dios se presente en el proceso, se cita a los representantes de "varias religiones, denominaciones, y cultos que, de manera notoria, reconocen ser agentes del demandado y hablan en su representación".
El demandante reconoce que ha hecho "razonables esfuerzos" para invocar a Dios, con palabras y frases como la siguiente: "manifiéstate, manifiéstate, donde quiera que estés", aunque reconoce que sin éxito.
El demandante, que ocupa un asiento en el Senado de Nebraska desde 1970, es conocido como el "defensor de los oprimidos". Lejos de parecer un loco, su demanda es una simple y llana protesta contra una decisión judicial del magistrado Richard Kopf, que prohibió el uso de las palabras "violación" y "víctima" en el caso de una demanda por agresión sexual. Quiso solidarizarse con la denunciante femenina, Tory Bowen, y no encontró un modo más sonoro de hacerlo..
En la demanda, el senador lanza en lenguaje bíblico varias acusaciones contra Dios, como que ha causado "espantosas inundaciones, egregios terremotos, horrendos huracanes, terroríficos tornados, perniciosas plagas, feroces hambrunas, devastadoras sequías, y guerras genocidas".
Todas estas "nefastas catástrofes" han provocado "muertes generalizadas, destrucciones y ha aterrorizado a millones y millones de habitantes de la tierra, incluidos bebés inocentes, niños, ancianos y enfermos, sin ninguna distinción". Con todo ello, "el demandado no ha mostrado ni compasión ni remordimiento", y no contento con esto, incluso ha proclamado que "reirá cuando las calamidades ocurran".
Para el insólito demandante, "la conducta pasada y la historia del demandado hace ver que sus amenazas terroríficas son creíbles". Por ello, pide al juez que someta a Dios a un proceso judicial, no sin antes pedirle que le haga un requerimiento permanente para que cese en sus "acciones destructivas y sus amenazas terroríficas".
Con esto, el senador ha cumplido uno de sus propósitos y es demostrar que "cualquiera puede denunciar a cualquiera, incluso a Dios".
Fuente : Diario El Mundo (Edición digital) 19-09-2007

jueves, 13 de septiembre de 2007

MÁS DE..."DURMIENDO CON SU ENEMIGO"

Un juzgado de Orihuela ha prohibido a una mujer que vaya a ver a la prisión a su pareja, encarcelado por quemarle la casa y matar a su perro, según informaron fuentes judiciales. La víctima ha dirigido un escrito al juzgado en el que renuncia a la orden de protección y defiende su derecho a mantener un vis a vis con su presunto agresor, para el que pide la libertad. El juzgado ha denegado la petición y ha remitido el sumario a la Audiencia Provincial para que inicie el procedimiento.
Es el segundo caso similar que se registra, después de que se detectara que otra mujer, a la que su pareja había tratado de matar rociándole con gasolina en Alicante, mantenía «vis a vis» con su agresor en prisión. Estos nuevos hechos se remontan al pasado 6 de enero de este año, al producirse una discusión entre la pareja en el domicilio en el que ambos convivían en Callosa de Segura. El presunto agresor cogió un palo con el que agredió a la víctima delante de sus hijos. El golpe no zanjó la discusión y ambos se fueron hacia una gasolinera de la localidad donde continuaron la disputa. El hombre acabó cogiendo al perro de la víctima, arrojándolo violentamente al suelo y pisándole el cuello, mientras decía «mira lo que le hago a tu perro».
La brutal acción acabó con la vida del can en el acto. Posteriormente, el hombre fue al domicilio de la mujer, cuando no había nadie, y le prendió fuego. Tras su arresto, el presunto agresor está en prisión preventiva acusado de los delitos de maltrato familiar, lesiones, incendio y maltrato La dirección de Fontcalent recibió poco después una petición de la víctima para poder visitar a su agresor en prisión. El centro penitenciario consultó con el juzgado y se encontró con que no podía autorizar el encuentro porque existía una orden de alejamiento. El juzgado ha remitido un escrito a la prisión señalando que no puede autorizar ni encuentros en locutorios, ni «vis a vis». Sin embargo, la propia víctima presentó al magistrado un escrito diciendo que renunciaba a la orden de protección, así como a cualquier acción penal contra su agresor, y defendiendo su derecho a poder mantener encuentros con él si así lo desea. También pedía su puesta en libertad. El juez ha denegado la petición y mantiene vigente la medida.
Fuente : Diario Información (Edición digital) Alicante, 13-09-2007

sábado, 1 de septiembre de 2007

VIOLACIÓN EN LA RED

El Cuerpo Nacional de Policía ha detenido en Cantabria a un hombre de 35 años acusado de abusar sexualmente de una niña de diez, hija de su pareja, grabar los mismos abusos en vídeo y difundir las imágenes por Internet.
La detención en "un municipio próximo a Torrelavega" culmina las investigaciones realizadas por la Sección de Delitos Tecnológicos de la Policía en Cataluña, a raíz de la denuncia de la moderadora de un "vídeo-chat", según informó la Jefatura Superior de Policía de Cantabria en un comunicado.
La moderadora, cuya función consiste en velar por que los participantes en las conversaciones respeten las normas del 'chat', advirtió en mayo que un usuario ofrecía "en abierto" un vídeo de pornografía infantil, para lo cual enfocaba su cámara-web hacia la pantalla de otro ordenador en el que reproducía las imágenes.
Cuando comprobó que en el vídeo aparecía el propio sujeto con una menor, la supervisora del chat se hizo pasar por otra usuaria más y lo convenció para que conversara con ella "en privado".
En esa conversación, explica la Policía en su comunicado, el detenido reconoció que la niña del vídeo era la hija de su pareja, una mujer que ignoraba lo que estaba sucediendo con la menor.
La Policía asegura que, tras su detención "reconoció algunos de los hechos que se le imputan".
Un juez de guardia de Cantabria ya ha ordenado su ingreso en prisión sin fianza como imputado en delitos de abuso sexual a una menor de edad y producción y distribución de pornografía infantil.
En el registro de su domicilio la Policía se incautó de un ordenador portátil, dos discos duros, una cámara de vídeo, dos tarjetas de memoria y varios soportes ópticos, así como de documentación y otros medios de prueba.
Fuente : Diario El Mundo (Edición digital) 01-09-2007

JUICIOS ¿RÁPIDOS?

Los jueces de lo Penal de la provincia de Alicante tienen más de quince mil sentencias pendientes de ejecutar, según revela la memoria anual del Tribunal Superior de Justicia. Durante 2006 se han dejado sin ejecutar 1.652 sentencias más que el año anterior. La falta de plantilla y de juzgados de lo Penal provoca que las condenas tarden en ejecutarse más de un año y medio, según fuentes judiciales. El informe anual sobre la situación de los juzgados de la provincia de CC OO advierte de que cada magistrado alicantino tiene una media de 1.200 condenas pendientes de ejecutar que «irremediablemente - que se apoya en la estadística oficial del Poder Judicial - propone la creación de tres nuevos juzgados de lo Penal en Alicante, uno en Elche y otro en Benidorm para dar salida a las sentencias. La situación, según reconoce un secretario judicial de Alicante, «es preocupante ya que está provocando la prescripción de algunas faltas, retrasos en la devolución de las fianzas y demoras en el cobro de las indemnizaciones».
La sobrecarga de trabajo es generalizada en toda la provincia. Los magistrados de lo Penal de Alicante, Elche, Benidorm y Orihuela superan ampliamente los módulos que el Consejo General del Poder Judicial ha establecido para determinar si un juzgado El análisis de CC OO advierte de que todas las jurisdicciones de la provincia están sobrecargadas de trabajo. La situación es especialmente crítica en Orihuela por los altos niveles de delincuencia que sufre la Vega Baja. Según revela el análisis, el partido judicial de Orihuela está «al borde del colapso. La única solución aceptable es duplicar el número de juzgados de Instrucción». El partido judicial de Villajoyosa se encuentra en un «estado similar al de Orihuela». Los dos juzgados de Villajoyosa necesitan un refuerzo de doce funcionarios ya que tienen más de mil asuntos penales pendientes de resolver. Los juzgados de Dénia no se encuentran mucho mejor. El informe considera esencial habilitar otros dos órganos judiciales ya que «continuar con la actual dejadez supondrá a corto plazo otro agujero en esta provincia».
El documento revela que los juzgados de Alcoy están teniendo problemas con los procedimientos civiles. El Consejo General del Poder Judicial advierte de que cada juzgado no debe superar los 380 asuntos al año y los jueces de Primera Instancia alcoyanos están tramitando 530. El partido judicial de Villena también «supera ampliamente» el volumen de trabajo establecido como aceptable por el Poder Judicial. El documento alerta de la falta de plantilla y precisa que sería necesario aumentarla en ocho funcionarios para que no se disparen los retrasos. El estudio de CC OO incide en que la situación en Novelda es «caótica. Este partido es uno de los puntos negros de la provincia» por la dejadez de la Conselleria de Justicia. «Muestra de ello es el movimiento de la plantilla, incluidos los jueces, que se desplazan cuando tiene ocasión a juzgados menos conflictivos».
Los cuatro órganos judiciales de Elda están «sobrecargados con creces». El juzgado de Primera Instancia número dos de Elda acumula retrasos en más de cuatrocientos asuntos por lo que necesita una ampliación urgente de la plantilla, siempre según el estudio. La situación en el partido judicial de San Vicente ha mejorado con el trasvase de los asuntos de Sant Joan d´Alacant y El Campello a los juzgados de Alicante. Sin embargo, la modificación del partido judicial sólo ha tenido efectos positivos en los casos penales ya que en la jurisdicción civil continúa con problemas. Los juzgados de Primera Instancia de Elche y Alicante están saturados. El estudio insiste en que es necesario crear urgentemente un nuevo juzgado de Primera Instancia en Alicante, que la Conselleria de Justicia ha previsto poner en marcha antes de fin de año. El panorama en Elche es más desolador que en Alicante con el problema añadido de que la Generalitat no tiene intención de incrementar la plantilla ni el número de órganos.
Fuente : Diario Información (Edición digital) Alicante, 01-09-2007

"DURMIENDO CON SU ENEMIGO"

La joven que fue quemada con gasolina en marzo pasado en Alicante está manteniendo «vis a vis» íntimos con su presunto agresor en la prisión de Fontcalent, según confirmaron fuentes penitenciarias. Los responsables de la cárcel no pueden evitar los encuentros porque el juzgado de Violencia sobre la Mujer número dos, que está instruyendo el caso, no dictó una orden de alejamiento. La prisión contactó con el juez para advertirle de que no había orden de alejamiento. El juzgado contestó que no hacía falta la medida de protección porque el acusado estaba en la cárcel.
Fuentes cercanas al caso explicaron que la joven ha mantenido dos «vis a vis» íntimos, otro encuentro junto con los familiares del acusado y varias entrevistas a través del locutorio. Estas fuentes insistieron en que el centro penitenciario «ha hecho todo lo que está en su mano para evitar los encuentros, pero ha sido imposible».
La víctima, de 23 años, sufrió quemaduras de primer y segundo grado en el 28% de su cuerpo y especialmente en los brazos y la cara. La agresión ocurrió el sábado 24 de marzo de 2007 junto a una gasolinera del barrio de Los Ángeles. La joven explicó en abril en el juzgado que su novio intentó acabar con ella quemándola viva. La presunta maltratada indicó que fue con su pareja a la gasolinera a repostar, y que una vez allí él se bajó del coche y le pidió que se fuera a casa de una amiga porque habían terminado. La chica precisó que se negó a bajarse del vehículo y su novio compró un litro y medio de gasolina, la roció y le prendió fuego. La joven declaró que su pareja intentó que se abrasara al impedirle salir del coche. A pesar de la gravedad de los hechos, la joven fue en julio al juzgado de Violencia sobre la Mujer para retirar la denuncia. La presunta víctima presentó un carta manuscrita en la que quitaba hierro a la agresión e incidía en que quería formar una familia con su novio, según fuentes cercanas al caso. A pesar de la petición de la joven maltratada, el juez mantiene en prisión al presunto agresor por la gravedad de los hechos. Fuentes de la Fiscalía explicaron que podría ser condenado a una pena de diez años de cárcel.
La joven ha experimentado un cambio en sus sentimientos en los últimos meses. Dos semanas después de la agresión declaró que tenía muy claro que quería que su pareja «pague con cárcel por lo que me ha hecho. Ha sido un intento de asesinato. No soy de las que desean la cárcel para nadie, pero quiero que no quede impune». Sin embargo, hace unas semanas comenzó a ir a la cárcel a ver a su presunto agresor hasta el punto de que ha mantenido encuentros íntimos. La joven cortó la relación con el abogado que estaba ejerciendo la acusación particular en julio. El letrado, según fuentes del Palacio de Justicia, no entendía la actitud de su cliente. Fuentes judiciales recordaron que a pesar de que la víctima se ha retirado de la acusación, el fiscal seguirá adelante con el procedimiento.
Fuente : Diario Información (Edición digital) Alicante, 01-09-2007

viernes, 31 de agosto de 2007

EL "CUERPO".....DEL DELITO

Una joven de 26 años de Alicante ha denunciando a un compañero de trabajo por distribuir por internet su número de teléfono móvil junto a un fotomontaje con su cara y el cuerpo de una mujer desnuda con grandes pechos y el pubis rasurado. La joven descubrió que el fotomontaje estaba circulando por internet al comenzar a recibir llamadas subidas de tono.
El presunto autor del fotomontaje, un hombre de 31 años, aseguró a la Policía que no tenía intención de hacer daño a su compañera e insistió en que le ha pedido perdón. La mujer presentó la denuncia en la Comisaría Provincial contra su compañero a pesar de las disculpas. Fuentes judiciales explicaron ayer que el caso va a ser tramitado como un delito de revelación de secretos, aunque «probablemente acabará siendo juzgado como una falta de vejación injusta», que está castigada con el pago de una multa.
El acusado y su víctima eran compañeros en un centro comercial de Alicante. La joven comenzó hace dos meses a recibir llamadas en su teléfono móvil de chicos que le preguntaban si el cuerpo que salía en la imagen - de contenido pornográfico - era el suyo. La víctima accedió a las fotos y comprobó que alguien había realizado un montaje con una fotografía con su cara que días antes había dado a cuatro personas y el cuerpo de una actriz porno. La fotografía estaba siendo distribuida a través del programa e-mule. La joven sospechó que el autor del fotomontaje era un compañero de trabajo al que le había dado la foto con su cara y le pidió explicaciones. El acusado, según informaron fuentes próximas al caso, al principio aseguró que «no sabía nada de la fotografía», aunque después reconoció que la había colocado en el programa e - mule. El hombre pidió a su compañera que no lo denunciara. El Cuerpo Nacional de Policía citó el miércoles pasado al hombre en Comisaría para esclarecer los hechos. El acusado admitió que había realizado el fotomontaje e insistió en que «sólo era una broma».
El denunciado explicó a los agentes que llevan el caso que había pedido perdón a su compañera y que «no tenía intención de hacerle daño». El hombre quedó en libertad con la advertencia de que deberá comparecer. El asunto ha sido remitido a un juzgado de Instrucción del Palacio de Justicia de Alicante para que investigue si los hechos constituyen un delito de revelación de secretos - por difundir datos íntimos de la víctima - o sólo son una falta de vejaciones. El delito de revelación de secretos está castigado con penas de entre dos y cinco años de prisión. El juez citará en los próximos días al denunciado para tomarle declaración por los hechos, según explicaron fuentes cercanas a lal investigación policial.
Fuente : Diario Información (Edición digital) Alicante, 31-08-2007

jueves, 30 de agosto de 2007

CONTRATAR A "SIN PAPELES"

Los viticultores alicantinos reclaman una mayor flexibilidad en los requisitos para contratar también a inmigrantes que viven en la provincia pero que aún no han regularizado su situación, ya que son «claves» para la próxima vendimia que comienza el próximo mes y que da empleo a más de 2.500 personas en el conjunto del sector.
El presidente del Consejo Regulador del Vino de Alicante reclama a la Administración que reduzca las trabas durante la campaña vitivinícola, en la que se prevé que la producción aumente un 2% al superar los 42,8 millones de kilos de uva y defiende que el colectivo de extranjeros es «muy importante» para el sector, aunque no puede cuantificar su peso específico en el grueso de la mano de obra.
«Nosotros lo que pedimos es que se rebajen los obstáculos para contratar también a los inmigrantes que viven integrados en nuestros pueblos y que aún no han conseguido regularizar su situación. Para esta actividad son necesarios, pero para emplearlos nos encontramos con la barrera de que algunos tienen pendientes "los papeles". Los productores podemos ofrecerles un puesto de trabajo y esa situación es, para todos, mejor que la de estar sin empleo».
El responsable del Consejo Regulador asegura que las bodegas contratan a extranjeros «con toda la documentación en regla, pero para la recolección, a veces, nos encontramos que para completar las cuadrillas algunos no tienen todos "los papeles" y no les podemos dar empleo. Es para estos pocos casos para los que pedimos un poco de flexibilidad».
Esta especie de «exención» coyuntural sería para la recolección de la uva, que dura alrededor de un mes y que afecta a las comarcas vitivinícolas de la provincia. Este año se han sumado las de Novelda y El Comtat, recientemente admitidas por el Consejo. El sector agrícola es uno de los que más inmigrantes emplea en sus respectivas campañas, ya que después de la de la uva de vino vienen las de la uva de mesa y las de otras frutas y hortalizas, que se prolongan casi hasta el mes de diciembre. La demanda de mano de obra inmigrante en esta actividad es importante, pero en la estacionalidad se encuentran, precisamente, las dificultades de contratación. «Nosotros contratamos y les hacemos los papeles para legalizarlos, pero cuando llevan un tiempo con nosotros se van a otro sector a trabajar, como la construcción».
Fuente : Diario Información (Edición digital) Alicante, 30-08-2007

LAS MALAS COMPAÑIAS

Una fiscal ha solicitado que una mujer sea condenada a 66 días de trabajos en beneficio de la comunidad por golpear a su marido con una silla en la cabeza porque no quería que se juntara «con malas compañías». Los hechos supuestamente ocurrieron el 17 de agosto en la calle Ágata de Alicante y los descubrió la Policía Local por casualidad cuando acudió a las inmediaciones a un accidente de tráfico. Los agentes se encontraron al hombre con una brecha en la cabeza. El marido se negó a declarar en contra de la mujer.

Fuente : Diario Información (Edición digital) Alicante, 30-08-2007

PUBLICAR EN EL BOLETÍN........NO, NO ES SUFICIENTE

El Tribunal Constitucional ha anulado una sanción a un ilicitano por pescar en una zona no permitida de la reserva marina de la isla de Tabarca porque la Administración utilizó el Boletín Oficial de la Provincia para darla por notificada. El alto tribunal considera que el Ministerio de Agricultura y Pesca - que fue el organismo sancionador - vulneró el derecho de defensa del denunciado por no notificar la multa en persona. El fallo del Tribunal Constitucional, que revoca una sentencia del juzgado Central de lo Contencioso Administrativo, limita la capacidad sancionadora de la Administración al obligar a notificar las multas personalmente.
El ilicitano que ha ganado el caso fue denunciado el 2 de octubre de 1999 por el Servicio de Guardapescas de Alicante por pescar en Tabarca. La Dirección Territorial de Servicios Pesqueros abrió el correspondiente procedimiento sancionador, cuya incoación se intentó notificar al interesado por escrito en una dirección errónea. Tras ello, se publicaron edictos en el Boletín Oficial de la Provincia y el 23 de diciembre de 2002 le impusieron una sanción de mil euros. La multa sí llegó al domicilio del denunciado, que hasta ese momento desconocía que la sanción estaba tramitándose. El sancionado alegó indefensión, pero el juzgado Central de lo Contencioso Administrativo ratificó la multa.
El Tribunal Constitucional considera que se ha lesionado el derecho de defensa del denunciado. Los magistrados advierten en la sentencia de que el ejercicio del derecho de defensa presupone que el implicado sea emplazado o le sea notificada debidamente la incoación del procedimiento pues sólo así puede recurrir. La sentencia del Constitucional incide en que el error a la hora de notificar el inicio del expediente sancionador fue de la Administración ya que el hombre dio su dirección correcta cuando fue sorprendido pescando en la reserva de Tabarca. La resolución judicial insiste en que el ilicitano sancionado no tiene culpa de la falta de diligencia de la Administración por «lo que se le privó de toda posibilidad de defensa durante la tramitación del procedimiento sancionador».
Fuente : Diario Información (Edición digital) Alicante, 30-08-2007

miércoles, 29 de agosto de 2007

MATRIMONIO A LA FUERZA

Una niña de 13 años y nacionalidad rumana fue rescatada por la Policía Nacional de una chabola en el distrito de Vicálvaro, tras permanecer allí retenida durante horas por un matrimonio de la misma procedencia que pretendía casarla con su hijo de 15.
M:D, de 36 años, fue detenido a las 4.00 horas de la madrugada del pasado domingo en una chabola ubicada junto al poblado madrileño de la Cañada Real, en la carretera de Valencia, acusado de un delito de detención ilegal, al igual que su mujer quien, por tener menores a su cargo, no fue trasladada a la comisaría.
Los dos acusados deberán responder también de los golpes y hematomas en la cara y el cuerpo que presentaba la menor cuando fue rescatada por los agentes de seguridad.
La niña, que pasaba unos días en Madrid con su tía, había entrado el pasado sábado en casa de una amiga que vivía cerca para jugar y, cuando quiso salir, los padres se lo impidieron porque "querían casarla con su hijo".
Cerca de mediodía acudió a la casa un primo del acusado, que, al enterarse de lo que ocurría y aprovechando un descuido de los raptores dejó a la niña su propio móvil para que pidiera ayuda.
En torno a las 16.00 horas, el padre de la menor, residente en Valencia, recibió una llamada de su hija en la que le comunicó su situación.
A las 23.00 horas, el hombre ya se había trasladado desde la ciudad levantina hasta Madrid y, una vez comprobada la veracidad de los hechos y tras sufrir amenazas del matrimonio, que se negaba a devolverle a su hija, avisó a un coche de la Policía Municipal y presentó una denuncia en la Comisaría de Villa de Vallecas.
Ante la gravedad de la situación, los hechos fueron puestos en conocimiento del Jefe de Sala 091 de la Policía Nacional, que coordinó un dispositivo con vehículos uniformados y camuflados para liberar a la pequeña.
Hasta las 04.00 de la madrugada del domingo, después de cuatro horas de gestiones y conversaciones, no fue posible liberar a la niña.
Debido a las lesiones leves que la pequeña tenía en la cara, ojos, y espalda fue trasladada a un centro médico del distrito y, posteriormente, prestó declaración en la comisaria acompañada por su padre.
Fuente : Diario El Mundo (Edición digital) 29-08-2007

PARA AHORRAR.....POLIZONES

La Policía Nacional detuvo el pasado domingo a un hombre mientras viajaba en ferry de Palma de Mallorca a Barcelona por encerrar a sus dos hijos y a su padre en el maletero del coche, ubicado en la bodega del barco.
El detenido,de 37 años y nacido en Riga (Letonia), embarcó en el buque 'Jaume III' en Palma de Mallorca al parecer solo, aunque en el interior de su coche había escondido a sus hijos, de 8 y 10 años, y a su padre, de 66. El detenido no agredió físicamente a sus familiares, aunque les obligó a esconderse para ahorrarse su pasaje.Los miembros de seguridad de la embarcación sospecharon que en el interior del vehículo podía haber gente y encontraron a los tres obligados polizones cuando hacia varias horas que el barco había iniciado su trayecto, sobre las 15:00 horas. El coche se encontraba anclado en la bodega del barco, donde sólo puede acceder el grupo de seguridad una vez iniciado el trayecto, y llevaba un remolque con bicicletas.
La Policía ha calificado de peligrosa la situación en la que se encontraban los polizones ya que el calor es muy alto en la bodega, donde además hay gases y sospechó en un primer momento que podría haber alguien más en el interior del coche pero más tarde se descartó esta posibilidad. Los agentes aislaron al detenido del resto de sus familiares, a los que se les dio agua y alimentos para que se recuperaran. Al atracar en el puerto de Barcelona los agentes del CNP informaron a los Mossos d'Esquadra de que tenían un detenido para que el cuerpo autonómico se hiciera cargo de él.Finalmente, fue el CNP quien trasladó al detenido hasta la comisaría de la policía catalana de Les Corts de Barcelona donde pasó la noche del lunes y a disposición judicial del Juzgado número 3 de Barcelona ayer por la mañana quedando en libertad con cargos por malos tratos en el ámbito familiar.
Fuente : Diario La Verdad (Edicion digital de Alicante) 29-08-2007

ATASCO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Los jueces de lo Contencioso Administrativo de Alicante resuelven cada año mil casos menos de los que les entran. El Tribunal Superior de Justicia advierte en su última memoria de que la situación comienza a ser crítica al haberse duplicado en 2006 los retrasos. La demora repercute directamente sobre todos los ciudadanos que han recurrido multas, tasas municipales o autonómicas, resultados de oposiciones públicas, los inmigrantes a los que les han denegado el permiso de residencia o funcionarios disconformes con sanciones laborales.
La provincia tiene cuatro juzgados de lo Contencioso, tres en Alicante y uno en Elche. El TSJ ha reclamado la creación urgente de otros tres juzgados para evitar el colapso. El problema de fondo es que la carga de trabajo de los jueces de lo Contencioso se ha disparado en los últimos tres años al haber asumido un mayor número de competencias. Una modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial de 2003 propició un trasvase de competencias de la Sala de lo Contencioso del TSJ a los cuatro juzgados de la provincia. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valencia ya alertó sin éxito en sus memorias anuales de 2004 y 2005 de que era necesario incrementar las plantillas y el número de juzgados para hacer frente al aumento de casos.
La situación se ha agravado en los juzgados de la provincia durante el año pasado porque los jueces han asumido nuevas competencias al tramitar las reclamaciones del personal sanitario que antes resolvía el Tribunal Superior de Justicia. Los jueces reconocen que en condiciones normales podrían resolver los asuntos en un mes y medio. El TSJ admite que ante esta situación «no cabe otra respuesta que una mínima e ineludible creación de dos juzgados en Alicante y uno el Elche», aunque «la solución ideal pasaría por la puesta en funcionamiento de más».
Fuente : Diario Información (Edición digital) Alicante, 29-08-2007

¡¡MALDITA SEA LA MANO...QUE MATA UN PERRO¡¡

Un certero disparo de escopeta ha acabado con la vida de Yaisa , una perra de tres meses a la que su dueño quería como a una «hija» . El presunto autor , un joven de 20 años, ha sido detenido
Manel lloraba desconsolado mientras acariciaba el cuerpo sin vida de su perrita.
Al malogrado cachorro, que era hija de otra perra de raza cruzada, un proyectil le reventó el pecho en la tarde del lunes, cuando se encontraba jugueteando a escasos metros de la vivienda. A los diez minutos moría agonizando y desangrado a los pies de su dueño. Unos segundos después un joven de 20 años que vive en una casa próxima fue visto huyendo con una escopeta en la mano. Lo descubrió un amigo de Manuel que estaba en el campo haciéndole compañía en el momento en el que se produjeron los hechos. Tras denunciar en estos mismo términos lo sucedido, una hora después el presunto autor era conducido a la Comisaría de Elda-Petrer en calidad de detenido por agentes del Cuerpo Nacional de Policía, que también le requisaron un arma, una escopeta de balines. Sin embargo se cree que no se trata del mismo rifle con el que se efectuó el disparo pues el arma que se empleó es de proyectiles de mayor calibre .
«Tengo 72 años y apenas puedo ver pero si llego a pillarlo en ese momento hubiera sido capaz de hacer cualquier barbaridad, aunque luego hubiera tenido que acabar en la cárcel la poca vida que me queda. Lo que han hecho con mi perrita no ha sido una gamberrada, ha sido un crimen, me la han matao y como tal debería pagar el que lo ha hecho», comentó con ira el dueño de Yaisa.
Una hora después de ser conducido a Comisaría el detenido quedaba en libertad con cargos. En los últimos seis meses a Manuel le han desaparecido cuatro perros y ahora sospecha que todos ellos pueden haber corrido la misma suerte.
Fuente : Diario Información (Edición digital) Alicante, 29-08-2007

martes, 28 de agosto de 2007

MIRADAS QUE "MATAN"

Una mujer ha denunciado a su ex pareja por quebrantar el alejamiento al sentirse maltratada por su mirada. El hombre tenía en vigor una orden de alejamiento de 300 metros y se acercó el 8 de agosto a casa de su ex compañera en Mutxamel para recoger a su hijo al estar cerrado por vacaciones el punto de encuentro. El acusado fue acompañado de sus padres para evitar cruzarse con la denunciante y no llegó a bajar del vehículo. La denunciante tampoco salió de la vivienda. A pesar de ello, la mujer asegura que él la estuvo mirando y la situación le provocó pánico.
La fiscal del caso ha solicitado al concluir el juicio una condena de seis meses de cárcel por quebrantar el alejamiento. El denunciando explicó a la juez que tiene un hijo en común con la denunciante y que le tocaba recogerlo el 8 de agosto. El problema es que el punto de encuentro está cerrado durante el mes de agosto por lo que los abogados de la víctima y del acusado acordaron que los abuelos paternos recogieran al menor en la casa de la denunciante. Los padres del denunciado son mayores, viven en Guardamar del Segura y, según declararon en la vista, no sabían llegar solos a la vivienda. El acusado indicó que fue a acompañar a sus padres y «me quedé a unos cien o doscientos metros de la casa. Yo sabía que la orden de alejamiento era de trescientos metros, pero en ningún momento me bajé del coche». La supuesta víctima admitió que su ex pareja «no salió del coche, pero me miraba».
Una amiga de la denunciante - que estaba con ella cuando ocurrieron los hechos - también reconoció que el acusado no bajó del coche, pero insistió en que el vehículo estaba justo enfrente de la casa. El acusado aseguró que ni siquiera miró a la mujer. La abogada de la denunciante pidió la condena del acusado alegando que su presencia frente a su vivienda le había causado un trauma. El letrado de la defensa pidió la absolución incidiendo en que su cliente no salió del vehículo en ningún momento por lo que «no tenía intención de quebrantar la orden de alejamiento. Él sólo fue a acompañar a sus padres. No realizó ninguna amenaza y se fue cuando le pidieron que se alejara».
Fuente : Diario Información (Edición digital) Alicante, 28-08-2007

domingo, 26 de agosto de 2007

"GORRILLAS DESOBEDIENTES"

La Fiscalía ha instado a la Policía Local de Alicante a que denuncie por faltas de desobediencia a los gorrillas. Los fiscales han cambiado de criterio ya que hasta ahora no acusaban en los juicios a los "aparcacoches" ya que consideraban que sólo era una falta administrativa. La Policía dejó de enviar denuncias al juzgado hace dos años, pero desde que recibió hace poco más de un mes la orden de la Fiscalía ha remitido una nueva remesa de atestados.
. Los "aparcacoches" pueden acabar en prisión si no pagan las multas que les impongan los jueces. Los fiscales están convencidos de que la medida será disuasoria y apoyan su nuevo criterio en tres sentencias de las Audiencias Provinciales de Alicante, Cádiz y Badajoz. Las Audiencias están avalando las condenas penales contra los gorrillas por faltas de desobediencia. El Código Penal castiga las faltas de desobediencia con el pago de una multa de entre diez y sesenta días con la cuota diaria que fije el juez. En el caso de impago de la multa - opción probable porque la mayoría de los gorrillas son insolventes - el acusado debe cumplir una pena de un día de arresto por cada dos cuotas diarias impagadas.
. Un responsable de la Policía Local de Alicante precisó que los agentes envían la denuncia al juzgado cuando levantan entre tres y cuatro actas contra un mismo gorrilla. La Policía Local está actuando sobre todo en las calles Pintor Baeza, Paseo de Canalejas y Paseo de Gómiz. Un magistrado de Instrucción de Alicante explica que «desde hace dos años no nos entraba ninguna denuncia. La Policía Local dejó de remitir los atestados porque los fiscales no acusaban en el juicio y nosotros no podíamos condenar. Esta tendencia cambió en julio. En un solo día nos entraron en el juzgado siete atestados, pero todavía no han salido los juicios».
Las sentencias en las que se basa la Fiscalía del Palacio de Justicia de Alicante para acusar a los gorrillas reconocen que el mero hecho de ejercer como gorrillas puede constituir una falta administrativa, pero «nunca una infracción penal». Sin embargo, los fallos judiciales inciden en que «otro caso distinto es el hecho de que los agentes den la orden de manera directa y personal al denunciado a fin de que cese su actividad de aparcacoches. Ante tal orden, clara y legítima, el denunciado puede hacer caso omiso y seguir con su actividad, en cuyo caso la falta de desobediencia existe pues queda evidenciado el ánimo de menoscabar el principio de autoridad».
Una de las sentencias que ha fijado el cambio de criterio de la Fiscalía recuerda que «cualquier conductor sabe que una inmensa mayoría de los ciudadanos no dan voluntariamente y de buena gana la propina al gorrilla de turno. Por el contrario, se sienten coaccionados con la solicitud de los autodenominados "guardacoches " y les retribuyen con la convicción de que así preservan a su vehículo de las represalias que pudieran adoptar en su ausencia».
La Policía Local de Alicante actúa respaldada por un decreto municipal. El Ayuntamiento de Alicante aprobó en abril de 2005 la Ordenanza de Circulación de Peatones y Vehículos que prohíbe la actividad que desarrollan los gorrillas en las zonas de estacionamiento, así como la de los limpiacristales y vendedores de artículos en los semáforos.
Fuente : Diario Información (Edición digital) Alicante, 26-08-2007

viernes, 24 de agosto de 2007

DINERO "MALDITO"

La Policía Nacional ha detenido en Palma de Mallorca a una mujer de nacionalidad brasileña, de 30 años, como presunta autora de varios delitos de estafa al presentarse como santera y convencer a sus víctimas de que su dinero estaba maldito y que para curar sus males debían entregar todo el que poseen para que sea bendecido. La detenida obtuvo 74. 000 euros de una mujer de Santa Cruz de Tenerife y se encontraba identificada en otros tres delitos de estafa cometidos en Vigo.
La estafa en Santa Cruz se cometió entre el 20 de julio y el 9 de agosto de este año, cuando la denunciante acudió al domicilio de la santera en la capital tinerfeña, en uno de cuyos periódicos había visto el siguiente anuncio: «Catarina. Astróloga-Espiritista».
Tras varias sesiones, la ahora detenida convenció a su víctima de que debía bendecir su dinero para no sufrir innumerables desgracias personales, como accidentes y muertes. La mujer retiró de su banco 74.000 euros, que entregó a la santera. Esta le propuso volver a recogerlos más tarde, una vez terminada la «bendición», pero cuando la víctima regresó ya no encontró a nadie en el piso. Denunció entonces los hechos a la policía.
La investigación llevó a los agentes a una mujer alojada en un hotel de Palma de Mallorca, en compañía de sus tres hijos menores de edad, como supuesta autora de la estafa. En la detención, los agentes encontraron ordenadores portátiles nuevos de alta gama, ropa de marca etiquetada, gafas, teléfonos, bolsos de conocidas marcas, perfumes, valorados en unos 12. 000 euros, 9. 000 euros en efectivo, numerosas joyas (las denunciadas en las estafas de Vigo), resguardos de envío de dinero a familiares en Brasil por valor de unos once mil euros, etc. Respecto de los menores de edad, fueron entregados al abuelo paterno.
Además se tuvo conocimiento de que cuando se desplazó en avión desde Tenerife hasta Madrid, la Guardia Civil de aduanas le intervino 50.000 euros en efectivo que llevaba adosados en una faja en su cintura y cuyo origen y destino no pudo justificar. Tras la instrucción de las diligencias, la detenida fue puesta a disposición de la Autoridad Judicial.
Fuente : Diario El Mundo (Edición digital) 24-08-2007

38-37 : NO AL MÓVIL

Un solo voto de diferencia, 38 noes frente a 37 síes, impedirá que los vecinos de Los Villares puedan tener suficiente cobertura en sus teléfonos móviles, según el resultado del curioso referendum celebrado en este pequeño anejo granadino de algo más de 100 habitantes.
Al final, el temor a las consecuencias de la instalación de una antena de telefonía móvil, que ha levantado no pocas suspicacias entre los lugareños, se impuso a los prometidos beneficios de esta tecnología, pese a lo reñido del resultado.
Fue el propio Ayuntamiento de La Peza, municipio al que pertenece Los Villares, quien decidió promover la consulta popular y que, de esta forma, pudieran ser los propios vecinos del pueblo quienes decidieran.
El ajustado resultado, que se conoció pasadas las 20.00 horas del jueves y después de que se cerrara la votación en la Casa de la Cultura que comenzó a las 10.00 horas, no dejó indiferentes a los presentes.
"Nos ha faltado el champán, pero hemos aplaudido todo lo que hemos podido", comentó tras conocer el resultado una "contentísima" vecina, partidaria, al igual que otros lugareños consultados, de que la controvertida antena se instale pero fuera del casco urbano.
Desde que éste fuera convocado, el referéndum ha dividido a los vecinos de este pequeño pueblo, entre los partidarios de autorizar la instalación y los detractores de esta tecnología, y ha revolucionado durante todo el día la tranquilidad habitual de la zona, donde han acudido más de una decena de medios de comunicación.
"Queremos que la antena se ponga pero fuera del pueblo, porque aquí traería mucha radiactividad y es peligroso para la salud", comentó una vecina que ha recogido firmas a las puertas de la Casa de la Cultura para pedir que la antena se instale en un cerro próximo que "un señor" ha ofrecido.
"Vivimos en un sitio que no lo habrá en toda España, sanísimo, sin infecciones y no podemos decir que nos negamos a que la pongan, porque todos tenemos móviles, pero no queremos que sea dentro del casco urbano", añadió.
Estas discrepancias surgen después de que el Consistorio anunciara que, en caso de que los vecinos aprobaran la antena, facilitaría a la compañía telefónica un terreno municipal junto al salón de festejos de la localidad.
No obstante, el alcalde pedáneo de Los Villares que fue el primero en votar, aseguró que la alcaldesa y él mismo estarían dispuestos a reunirse con la compañía para que la antena pudiera instalarse "más lejos".
Este responsable municipal temía que, ante la posible negativa de los residentes, la compañía interesada en colocarla condenara "a los cuatro vecinos que hay en el pueblo a que no hablen con el móvil en la vida", al no interesarle económicamente la propuesta.
A algunos carecer de cobertura en su móvil les ha llevado a perder trabajos, al no poder un empresario contactar adecuadamente con ellos, mientras que otra señora muestra curiosas suspicacias sobre la antena: "En Diezma (un pueblo cercano), hasta el agua está 'más mala' desde que pusieron una".
Fuente : Diario El Mundo (Edición digital) 24-08-2007

¡¡TODO POR "LA FESTA"¡¡

Sólo 12 de las 154 barracas y racós revisados durante las pasadas Hogueras,celebradas en Alicante, se encontraban en perfectas condiciones y cumplían todas las exigencias de higiene ysalubridad.
La inspección municipal se llevó a cabo durante las pasadas fiestas de Hogueras y abarcó a un total de 154 barracas y racós, lo que representa casi la totalidad de las mismas. Una vez revisadas todas las actas de la inspección se ha constatado, como deficiencias más relevantes, que el 46 por ciento de estas instalaciones carecían de aseos y, lo que es más grave, siete de ellas no tenían agua corriente. Otros reparos destacados son que el 61 por ciento no disponía de agua caliente, la mitad carecía de hojas de reclamaciones y el 45 por ciento no presentaba el cartel anunciador de la prohibición de venta de bebidas alcohólicas a menores de 18 años.
Los aspectos más positivos de la campaña, según el informe municipal, es que el estado de limpieza era bueno en el 95 por ciento de barracas y racós, y más del 90 por ciento estaban aislados de focos de contaminación y suciedad, y tenían evacuación de aguas residuales al alcantarillado. Los resultados, no obstante, no suponen una mejora apreciable con respecto a campañas anteriores, e incluso en algunos aspectos se ha empeorado, ya que en 2005 todas las barracas y racós inspeccionados tenían aseos y lo mismo sucedió en 2002 con el agua corriente. Las 12 que estaban en perfectas condiciones son: Calvo Sotelo, Racó José María Py, Amics y festa, De sant no tenim res, Ja no som tan xicotets, Racó Parque de las Avenidas, Racó La Goteta, Comemcem de nou, Canyeta i peixet, Óscar Esplá, Lo que costa de fer, y Poquets pero bons.
Fuente : Diario Información (Edición digital) Alicante, 24-08-2007

¡¡SOLO FUÉ UN TORTAZO¡¡

Una mujer deberá cumplir nueve meses de prisión por propinar una bofetada a su pareja durante una discusión. El hombre ha sido condenado a cuatro años por romperle la nariz durante la pelea. La acusada tendrá que ingresar en prisión porque tenía otra condena de cinco meses suspendida por arañar en la cara a su compañero sentimental durante otra pelea el año pasado en la que él le propinó una paliza. La maltratada pasará catorce meses en la cárcel por el bofetón y los arañazos que le dio a su agresor. La última pelea, según recoge la sentencia del juzgado de lo Penal número dos de Orihuela, ocurrió a las dos y media de la madrugada del pasado 30 de julio en el bar que regenta la pareja en Torrevieja. Los dos iniciaron la discusión en la que, tras insultarse mutuamente, ella le «propinó un tortazo» a su pareja y él «un cabezazo» que le rompió la nariz. La mujer explicó al juez de Instrucción que le dio la bofetada a su compañero en un acto institivo después de que él la llamara «hija de puta».
Ninguno de los dos acusados quiso denunciar, pero un vecino que no podía dormir avisó a la Guardia Civil, que se encontró a la mujer sangrando. La pareja restó importancia a la pelea en el juicio, pero la juez de lo Penal de Orihuela les ha condenado por las declaraciones del vecino y los agentes. La magistrada impuso nueve meses de cárcel a la mujer y cuatro años al hombre. El problema es que los dos tenían antecedentes penales por otra pelea el 9 de agosto de 2006 en el domicilio de Torrevieja en el que convivían. Los dos iniciaron una discusión en la que ella arañó a su pareja en la cara y el cuello, y él le propinó una paliza. Según recoge la sentencia del año pasado, el hombre tenía arañazos en la cara y ella «hematomas en el ojo izquierdo, herida interna en el labio superior», cardenales «en ambos brazos y pierna izquierda» y lesiones en la oreja, cabeza y espalda. El acusado se conformó con seis meses de prisión - que fueron sustituidos por trabajos en beneficio de la comunidad - y ella con cinco meses de cárcel. La mujer tenía los cinco meses de cárcel suspendidos con la condición de que no volviera a ser condenada. El hombre ya está cumpliendo la pena en Fontcalent.

Fuente : Diario Información (Edición digital) Alicante, 24-08-2007

jueves, 23 de agosto de 2007

POR DOS MUERTOS : 15 DIAS DE VACACIONES

Dos hermanos de ocho y cinco años han sido asesinados en el oeste de la India por un grupo de estudiantes adolescentes que esperaban con sus muertes obtener vacaciones en su colegio, cerrado 15 días cuando muere un alumno..Sabedores de esta circunstancia, los tres presuntos asesinos llevaron a los dos niños a una granja cercana a la escuela en la localidad de Partur (región de Maharashtra), y allí les asfixiaron.
Las autoridades escolares lanzaron una operación de búsqueda tras un aviso de su desaparición por parte de la hermana de los menores, que también estudia en el centro, y encontraron los cadáveres de los niños en los servicios. Víctimas y verdugos cursaban sus estudios en la escuela Ashram Shala, una institución pública dedicada a alumnos de tribus, que cierra sus puertas durante dos semanas cuando muere un estudiante.
El análisis forense de los cadáveres ha revelado que los niños no sufrieron abusos sexuales por parte de los presuntos autores, que insisten en que su único motivo era obtener unas vacaciones. Según la Policía, los tres acusados tendrán ahora que responder de sus actos ante un juzgado y serán enviados a un reformatorio. Mientras, los padres de los niños muertos, que trabajan en la ciudad de Bombay, han asegurado que su hija continuará en la escuela pese a la tragedia, porque las condiciones de vida allí en Partur son mejores que las que ellos podrían ofrecerle en casa.
Fuente : Terra.es 23-08-2007

GUARDERÍA A CAMBIO DE GERIÁTRICO

La concejalía de Urbanismo del Ayuntamiento de Alicante estudia una singular propuesta de una mercantil para construir un centro para la tercera edad en suelo público de Urbanova, una de las zonas residenciales de la capital alicantina que cuenta con menos servicios y dotaciones públicas. La singularidad no radica precisamente en el uso privado de una parcela de propiedad municipal -ya se ha desarrollado esta fórmula para construir colegios como El Valle o complejos deportivos como el de Gran Vía-, sino en las contraprestaciones ofrecidas por la empresa. Y, además, en el respaldo obtenido por los vecinos de la zona.
En un principio, la propuesta de compensaciones que ha llegado al Ayuntamiento prevé la construcción de una serie de dotaciones como un pequeño ambulatorio, un centro social y hasta una guardería, servicios largamente reivindicados por los residentes de este barrio residencial de la ciudad.La empresa que pretende levantar el centro para la tercera edad, con el respaldo de los vecinos de Urbanova, planteó una parcela, pero resulta que está calificada como zona verde, por lo que sería muy complicado formalizar la operación propuesta. No obstante, fuentes municipales conocedoras del escenario urbanístico en esta zona creen que es viable porque hay otras parcelas con la calificación necesaria para este tipo de dotación.
Fuente : Diario La Verdad (Edición digital de Alicante) 23-08-2007

LOS JUZGADOS DESDICEN EN UN 20% AL INSS

Los juzgados de lo Social de Alicante rectificaron el 20,4% de los 1.394 casos de incapacidad laboral permanente denegados por la Seguridad Social de la provincia en el segundo semestre de 2006. En 285 resoluciones, los jueces determinaron la invalidez de 264 empleados que acudieron a al Juzgado de lo Social porque el INSS no se la reconocía, considerándoles aptos para el trabajo al asignarles el alta médica. Además, en otros 21 casos las sentencias judiciales cambiaron el grado de incapacidad, según un informe elaborado por Comisiones Obreras. En tres de los expedientes rechazados por el INSS, los jueces reconocieron la «gran invalidez» (el grado más alto de incapacidad); en 50 determinaron el nivel absoluto, en 191 concedieron la incapacidad total y en 20, la parcial, detalla el estudio.
Para el sindicato, las rectificaciones que los Juzgados de lo Social hacen de las valoraciones de la Seguridad Social «sólo viene a demostrar que las pautas que marca el INSS son muy restrictivas con el objetivo de limitar al máximo el número de incapacidades». Según CC OO, los criterios de la Seguridad Social en Alicante atienden sólo a razones «economicistas, que desde nuestro punto de vista son injustos y generan un perjuicio para los trabajadores», ya que éstos ante la denegación de la invalidez, tienen que iniciar un proceso por la vía judicial «con los costes que implican no sólo para los trabajadores, sino también para las empresas que deben asumir las altas médicas». Por ello, el sindicato exige una «revisión de la metodología que permita más objetividad en la evaluación del grado de incapacidad».
Durante el segundo semestre de 2006, el Instituto Nacional de la Seguridad Social en Alicante inició 2.277 expedientes de incapacidad laboral, de los que en un primer momento el equipo de valoración de incapacidades denegó 1.394 - es decir que al 61% los consideró aptos para trabajar - mientras que concedió la invalidez en 745 casos y canceló 138. Tras las resoluciones negativas, 911 trabajadores que no estaban de acuerdo con la valoración - al considerar que «no estaban en condiciones de incorporarse a su puesto de trabajo» - interpusieron una reclamación previa ante el propio INSS, fase en la que fueron estimadas 221 que antes habían sido denegadas y rechazadas definitivamente 690 (75,7%), tras la revisión de los equipos de evaluación. Disconformes, de nuevo, con el segundo rechazo, 502 trabajadores de los 690 a los que les denegaron la incapacidad que reclamaban acudieron a la vía judicial, obteniendo 285 sentencias favorables, de las que en 264 casos, los jueces reconocieron la invalidez en distintos grados. La alta proporción de expedientes favorables a los trabajadores que resuelven los juzgados, rectificando los dictámenes del INSS, «es habitual en Alicante», según CCOO, quien cita casos de empleados que han tenido que incorporarse a trabajar con muletas.
Fuente : Diario Información (Edición digital) Alicante, 23-08-2007

EL FRAUDE DE LOS NO EMPADRONADOS

La Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana ha detectado, tras un cruce de datos con el Instituto Nacional de Estadística, la existencia de unas personas dadas de alta en el sistema valenciano de salud con residencia en otras comunidades. Desde la Sociedad Valenciana de Medicina Familiar y Comunitaria cifran en 60.000 tarjetas sanitarias dadas de baja del Sistema de Información Poblacional (SIP) en Alicante y aseguran que se trata de una medida para controlar la procedencia de las personas que acuden a los centros de salud y poder reclamar una compensación por el gasto.
Hasta ahora, la Generalitat les atendía como un residente más, pero estas personas también estaban empadronadas y dadas de alta en los servicios de salud de sus respectivos lugares de origen. Los médicos de familia de la provincia han visto como este mes de agosto el número de pacientes asignados a cada uno de ellos se reducía debido a que se ha procedido a dar de baja las tarjetas sanitarias de los no empadronados en la Comunidad Valenciana hasta antes de 2006. Las mismas fuentes aseguran que la reducción de los cupos de cada médico se sitúa en una media de 50 personas por facultativo, lo que en la provinciade Alicante significaría la eliminación del Sistema de Información Poblacional de unas 60.000. Los médicos aseguran que esta medida puede ser positiva para controlar mejor el gasto sanitario, pero denuncian que se elimina a pacientes que siguen haciendo uso del sistema sanitario y deben repetir el proceso burocrático para reincorporarlos al registro, pues la asistencia sanitaria se les sigue prestando. Esta medida adoptada a principios de mes elimina las tarjetas sanitarias «de quienes estuvieron en la Comunidad menos de un mes y no han vuelto, de los que fueron dados de alta en el sistema SIP por mayor tiempo, pero están empadronados en otras comunidades autónomas o países, y los que han cambiado de residencia».
A finales de 2006 había unos 120.000 usuarios dados de alta sin empadronar en la Comunidad Valenciana, aunque los que han sido incorporados en los últimos 18 meses al sistema no han sido eliminados del SIP. Una parte de todos ellos «no debería estar en el sistema de salud valenciano porque no han vuelto a la Comunidad Valenciana, pero existe un alto porcentaje que sí son usuarios habituales y volverán para volver a ser dados de alta». Al no estar empadronados «se les empezará a pasar una hoja de cargo a terceros para que la asuman sus servicios de salud y esto podría suponer un ahorro, pues se empezaría de nuevo a controlar a todos aquellos de los que no se recuperaba el gasto generado, pues el sistema SIP tiene 8 años y es bastante tiempo como para tener tantos usuarios no empadronados a los que no se les facturaba la asistencia sanitaria». «Si presentan una tarjeta de otra comunidad o la europea se le realiza una hoja de facturación que ha de firmar». En ese momento, «se le da de alta en el SIP y si vuelve, es posible que no se le haga la facturación».
Un número menor de usuarios supone «menos presupuesto para el departamento y un error a la hora de asignar recursos porque estaremos atendiendo a más personas de las que hay registradas».
Fuente : Diario Información (Edición digital) Alicante, 23-08-2007

VIOLENCIA....¿¿DE GÉNERO??

La Policía local de Almería ha detenido a un joven de 24 años a quien sorprendieron agrediendo en plena calle a otro hombre que luego declaró antes los agentes ser el compañero sentimental del presunto maltratador, cuyo comportamiento describió, además, de reiterado.
Según detalló la Jefatura en una nota, los hechos se produjeron en la céntrica calle Los Picos de la capital andaluza cuando la patrulla observó cómo el citado joven estaba golpeando con pies y manos a otro que se encontraba tirado en el suelo.Al requerir los agentes al detenido que cejara en la agresión, lejos de obedecer, según su relato, éste comenzó a dirigir sus golpes hacia los dos policías locales a los que, además, insultó y amenazó con gran violencia.La víctima, cuya identidad y edad no ha trascendido, tuvo que ser atendido en un centro de salud de una herida sangrante en el brazo a causa de un mordisco, así como de varios cortes en labios y nariz.
El presunto agresor fue trasladado a la Comisaría de la Policía Nacional desde donde, tras prestar declaración, se puso a disposición del Juzgado de Instrucción número seis de Almería imputado por los presuntos delito de lesiones y maltrato en el ámbito familiar.
Fuente : Terra.es 23-08-2007

miércoles, 22 de agosto de 2007

INTERNET....SECUESTRO....Y VIOLACIÓN


Una joven madrileña de 26 años de edad entabló amistad por internet con un melillense llamado Yussef, a quien conoció el pasado 10 de agosto en la Ciudad Autónoma tras un tiempo de charla cibernética. Sin embargo, en los planes de la joven no entraba pasarse diez días recluida en una casa de Marruecos siendo víctima de abusos sexuales reiterados.
El día que pisó Melilla, Yussef, que se encuentra en paradero desconocido y es buscado por la Policía Nacional, alojó a la joven en una pensión de la ciudad, Pero 24 horas después, y tras no poder hacer frente al pago de la habitación, el propietario, un melillense llamado Mohamed, ofreció a la madrileña quedarse en una vivienda de su propiedad en la localidad marroquí de Nador, a escasos 12 kilómetros de Melilla.
Allí fue donde presuntamente sometió a la joven madrileña a reiterados abusos sexuales amenazándola con la muerte si osaba escapar o abrir la boca para denunciar lo sucedido.
«La situación se vino repitiendo durante varios días, no teniendo capacidad de reacción por el pánico que dijo tener ante las amenazas de Mohamed de quitarle la vida si decía algo o se escapaba», explicó la Policía Nacional a través de una escueta nota de prensa. Y durante diez días, probablemente los más largos de su vida, la joven vivió sumida en la esperanza de poder zafarse de este individuo que iba y venía a la vivienda tan sólo para abusar de ella.
Sin embargo, el pasado lunes Mohamed la acompañó hasta los Servicios Sociales de la Ciudad Autónoma para gestionarle un billete de vuelta a la Península y, «ante la seguridad que le proporcionaba la presencia de varios funcionarios del Ayuntamiento, la joven denunció los hechos y acusó abiertamente a Mohamed», que fue «inmediatamente» detenido por los agentes en las mismas dependencias de la Consejería de Bienestar Social y Sanidad.
El suceso, que ha creado una gran conmoción en la ciudad al tratarse de un hombre conocido, precisamente por regentar la pensión citada, ha abierto un gran debate. De hecho, uno de los trabajadores del establecimiento asegura que «todo lo que dicen es mentira», aunque el propietario prefiere no contestar a las preguntas de los medios de comunicación.
Tras prestar declaración ante el juez, Mohamed quedó en libertad bajo fianza y, mientras tanto, la Policía sigue buscando a Yussef, el hombre con quien contactó la joven madrileña para viajar a la ciudad y del que nada se sabe desde que la dejó en la pensión el 10 de agosto.
Muchos son los interrogantes que quedan por aclarar como, por ejemplo, qué relación une a Yussef con el propietario de la pensión, qué argumentos valieron a la joven para dejarse llevar hasta Marruecos y cómo convenció a su presunto agresor para que la trasladase a Melilla y la ayudase a gestionar su viaje de vuelta a la Península.
Fuente : Diario ABC (Edición digital) 22-08-2007

UNA ¿¿MADRE??...CON APUROS ECONÓMICOS


La policía local de Sitges (Barcelona) ha detenido a una mujer por ofrecer a su hija menor, de dos años, para realizar actos sexuales a cambio de dinero, según ha confirmado la Guardia Civil, quien aún investiga el caso. La detenida se encuentra imputada por delitos de corrupción de menores y en libertad con cargos.La mujer, de 33 años y vecina de Sant Pere de Ribes (Barcelona), tiene dos hijos, una niña de dos años y uno de siete, que han sido entregados a su padre, que se encuentra separado de la detenida. En el momento del arresto, la madre llevaba una cantidad sin determinar de cocaína.La mujer ofreció a su hija al propietario de un establecimiento de Sitges al que le aseguró que tenía problemas para llegar a fin de mes porque su marido no le pasaba la pensión. Fue el dueño del local el que llamó a la Policía Local, quien la detuvo tras escuchar las versiones de ambos.Las investigaciones de la Guardia Civil sólo han podido determinar que la detenida intentó ofrecer a la hija menor para realizar actos sexuales, no al mayor, pero siguen haciendo averiguaciones para determinar en qué otros sitios, aparte de un local de Sitges, ha ofrecido a la pequeña.Los agentes sospechan que no se trataba de la primera vez que ofrecía a la menor y ahora las búsquedas se centran en locales de ocio nocturno de Sant Pere de Ribes y Sitges, donde se ha visto a la madre con sus hijos anteriormente.El hijo mayor, mientras su madre ofrecía a la pequeña a un comerciante de Sitges, estaba esperando en un bar cercano de la calle Dos de Maig de Sitges (Barcelona), sin que conste si estaba al cuidado de alguien.

Fuente : Diario El Mundo (Edición digital) 22-08-2007