jueves, 7 de febrero de 2008

EL DESPIDO POR INCAPACIDAD TEMPORAL ES IMPROCEDENTE PARA EL TRIBUNAL SUPREMO

El Tribunal Supremo ha resuelto, en una reciente sentencia, que el despido de una trabajadora que se encontraba, por haber sufrido un infarto, en situación de incapacidad temporal, ni es nulo, sino improcedente, ni afecta a los derechos fundamentales. Ello crea una importantísima jurisprudencia en un tema muy controvertido, aunque es cierto que, desde el año 2001, el Tribunal Supremo ya venía considerando este despido como improcedente y no nulo, si bien ahora reafirma esta tesis al resolver que tampoco afecta a los derechos fundamentales de la persona del trabajador.