El Ministerio de Trabajo quiere que las empresas tengan la obligación de registrar digitalmente y no de otro modo la jornada laboral de sus empleados. Desde 2019 es requisito indispensable que las compañías realicen un control horario y computen el número de horas que cada día hacen sus trabajadores. Si bien la norma no concreta mediante qué mecanismo pueden las corporaciones cumplir con su deber. Ahora Trabajo, en el marco de las negociaciones para reducir la jornada laboral máxima a 38,5 horas semanales en 2024, llama a prescindir de métodos analógicos -como una hoja de papel- y que todas las compañías se pasen a lo digital.
Hasta ahora la normativa y la jurisprudencia posterior de los tribunales han dejado claro que cualquier sistema de registro debe cumplir con dos requisitos básicos: Ha de ser “objetivo” y “fiable”. Sin embargo, desde el departamento dirigido por Yolanda Díaz entienden que hay formatos que dificilmente cumplen con esos requisitos, como son los medios en papel. "Fácilmente manipulables", así los ha definido el secretario de Estado de Empleo, Joaquín Pérez Rey, tras finalizar el encuentro con patronal y sindicatos.
Una opinión que secunda más de un inspector de Trabajo, en tanto que hay empresas que se aprovechan de los formatos rudimentarios para presionar a sus empleados o directamente falsear el registro sin su conocimiento. Y es que sale sustancialmente más barato tener un registro de jornada que registre mal la jornada, que tener que pagar horas extraordinarias que no se han remunerado. Carecer de registro de jornada está expuesto a multas por parte de Inspección de Trabajo de entre 751 y 7.500 euros, independientemente de lo que facture la compañía o cuantos empleados tenga en plantilla.
Ahora Trabajo pretende digitalizar los mecanismos de registro también para obligar a las compañías a remitir de manera automática a la Inspección de Trabajo los cuadrantes elaborados. Así los inspectores pueden tener más garantías de que el empresario no dilata la entrega de pruebas para falsearlas. Y la tercera pata de la reforma del registro horario será la revisión al alza de las sanciones, en tanto que Trabajo considera que los importes actuales no son disuasorios.
Hasta ahora el grado de cumplimiento de la normativa de registro horario presenta un balance pobre. Desde que registrar la jornada de sus empleados es una obligación para las empresas –mayo del 2019- y hasta mayo del 2023, la Inspección de Trabajo ha efectuado un total de 7.900 actuaciones específicas para verificar el correcto cumplimiento de la norma. Entre estas ha detectando 4.232 infracciones, es decir, más de la mitad de las compañías no pasan una inspección. En multas ha recaudado un total de 6,1 millones de euros, lo que sitúa el tique medio de la sanción en 1.440 euros.
FUENTE Diario Información
(Edición digital Alicante 20.2.2024)
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