Sentencia sobre devengo de pagas extras durante la situación de I.T :
"Cuando un trabajador se encuentra en situación de incapacidad temporal (IT), solo tiene derecho a prestaciones por esa contingencia, en las cuales se incluye la parte proporcional de las pagas extras. De este modo, no tiene derecho al devengo de salario, incluyendo las pagas extraordinarias, lo que significa que no se genera derecho alguno a percibir la parte proporcional de la paga que corresponda".
Sin embargo, a mi criterio, entiendo que habrá que tener en cuenta lo prescrito en el correspondiente convenio colectivo de aplicación (por ejemplo en la garantía al 100% de los devengos salariales durante la mencionada situación de IT).
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