martes, 29 de agosto de 2023

EL TABLON DE ANUNCIOS DE LAS COMUNIDADES DE PROPIETARIOS

 

La Agencia Española de Protección de Datos ha sancionado con 1.500 euros a una comunidad de vecinos que colgó en un tablón de anuncios, ubicado en una zona común, un decreto de ejecución de títulos judiciales en el que figuraban los datos personales de una de las propietarias. El documento estuvo expuesto al público durante, al menos, cinco meses.

Los folios del decreto, en los que aparecían como partes implicadas la reclamante y la comunidad, fue expuesto en una zona situada entre el ascensor y las escaleras, a la vista no solo de los propietarios sino de cualquiera que pasara por allí. En el documento se advertía claramente que no podía difundirse el documento judicial sin anonimizar previamente los datos personales contenidos en este. La reclamante considera que se “informa a terceros no interesados sobre su lugar de residencia y que se le vincula a un procedimiento judicial cuya publicidad es injustificada poniendo en riesgo sus datos personales”.

La cuestión adquiere mayor gravedad si se tiene en cuenta que la mujer ya había interpuesto una reclamación contra la comunidad por el mismo motivo cuatro años antes. Aquella situación terminó con un apercibimiento a la comunidad y con el requerimiento de retirada del documento expuesto en el tablón de anuncios.

FUENTE Economist & Jurist (Correo Colegio de la Abogacía de Alicante 29.8.2023)


HAY QUE TENER CONTENTO AL CLIENTE.........PERO NO TANTO

A pesar de que mantener contentos a los clientes es beneficioso para el negocio, no todo vale. Así lo ha declarado recientemente el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León al confirmar la decisión de una empresa de despedir disciplinariamente a una trabajadora de una tienda de telefonía por su conducta “inadmisible”, ya que la empleada, en el deseo de contentar y favorecer a un cliente que acudió a la tienda con el móvil dañadosumergió el dispositivo en agua con el objetivo de que el seguro procediera a su reemplazo por irreparable.

Tras el despido, la trabajadora interpuso demanda contra la empresa, no obstante, el Juzgado de lo Social núm. 1 de Zamora la desestimó, reconociendo la legalidad del despido disciplinario ejecutado a raíz de los hechos acontecidos. Contra la sentencia de instancia la empleada presentó recurso de suplicación, pero la Sala de lo Social del TSJ de Castilla y León ha confirmado la sentencia recurrida y ratificado la procedencia de la extinción laboral.

La Justicia ha respaldado el despido ejecutado por la empresa al razonar que, el hecho se reputa de la gravedad suficiente para determinar el despido, dado que los daños efectuados de manera intencionada por la trabajadora en un terminal al sumergirlo en agua para que no pueda ser objeto de reparación y así favorecer la cliente, forzando que el seguro proceda a su reemplazo, entraña un intento de fraude manifiesto al seguro, y una conducta no admisible y que no está justificada por el hecho de que el servicio técnico funcione de forma incorrecta ni por intentar mantener contento al cliente. 

FUENTE Economist & Jurist (Correo Colegio de la Abogacía Alicante del 29.8.2023)

miércoles, 9 de agosto de 2023

EL CANON DE SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA NUNCA SE SUPRIMIÓ....SIMPLEMENTE SE APLAZÓ Y EL PLAZO HA FINALIZADO

 El golpe que trae la nueva ola de calor no va ser el único que los ciudadanos de la Comunidad Valenciana reciban este mes de agosto. Los residentes de la ciudad de Alicante han comenzado a recibir las facturas de agua correspondientes al mes de agosto en las que ya no se aplica el aplazamiento del canon de saneamiento. Tras 11 meses de deducciones, el coste aumenta significativamente y llega a representar hasta el 70% en algunos casos.


La medida que aplicó el Botànic en 2022 para aliviar la carga de las familias con motivo del incremento del IPC  vuelve ahora como un boomerang  y no se trata de una sorpresa; pero, sin duda, es un regalo envenenado para el nuevo Consell que tendrá que lidiar con el hecho de que a partir de este mes se paga el canon de saneamiento por duplicado. De esta manera, cualquier vecino verá en el recibo un concepto nuevo: regularización del canon de saneamiento, es decir, que además del consumo se abona el canon dos veces, la que corresponde al periodo en curso y otro de los aplazados.

La factura que se está recibiendo por los vecinos de Alicante recoge el gasto del agua consumido y en la parte inferior del documento se detalla que la “Generalitat Valenciana” aplica una misma tarifa dos veces. En un ejemplo se observa cómo se pasa de 35,91 euros al trimestre a 60,55 euros. La diferencia de 24,64 euros procede exclusivamente de este impuesto que fija la administración autonómica como “tributo ecológico” desde 1993 y cuya recaudación se destina “a los gastos de gestión y explotación de las instalaciones de evacuación, tratamiento y depuración de aguas residuales de titularidad pública y, en su caso, de las obras de construcción de estas instalaciones”, según recoge la ley. En este sentido, los ayuntamientos y las empresas tienen las manos atadas y la Conselleria de Medio Ambiente y Agua, de quien depende la Entidad Pública de Saneamiento (EPSAR), es la única que puede modificar este previsible aumento.

Desde el departamento que dirige la consellera Salomé Pradas, se ha apuntado que se estudiará y revisará esta y otras medidas aplicadas por el Botànic para evaluar si son perjudiciales, como en este caso, para la ciudadanía. “Dejar de cobrar no es lo mismo que aplazar”, puntualizan. Para el nuevo Consell, la herencia del Botànic supondrá un varapalo para las familias. Además, hay que tener en cuenta que la vuelta al colegio está encima.
El fin del aplazamiento del pago de este impuesto afectaba a los recibos de agua que iban desde agosto de 2022 a julio de 2023. El Botànic aprobó dos prórrogas vía decreto (el primero el 8 de julio y el segundo, el 30 de diciembre) y formaron parte de las medidas extraordinarias para el apoyo económico a los contribuyentes para hacer frente al impacto de la inflación en la economía de las familias y las empresas. En ese momento, ya se fijó que este agosto se retomaría su pago y cómo se afrontaría ese aplazamiento de un año.
La web de la propia Epsar lo explicita y, en el caso de la ciudad de Alicante, la compañía mixta Aguas de Alicante detalla cómo será este proceso y cuándo se hará efectivo. Pero por más que la advertencia se hiciera a principios de año y se advirtiera de los riesgos de este sistema, lo cierto es que a más de uno le ha pillado con el pie cambiado y en plena subida de hipotecas.

A pesar de la suspensión del impuesto, la Epsar cuenta con unas tarifas aprobadas para 2023 que son las que se aplicará. Las cantidades son anuales y hay diferencia entre el uso doméstico y el industrial. En el caso del primero, la Generalitat aplica un precio en función del tamaño del municipio. Hay que recordar que el canon de saneamiento está compuesto de una cuota de consumo (se establece en función

 de los metros cúbicos que se consumen) y otra de servicio (importe fijo). Esta va desde los 32,43 euros anuales para las localidades de menos de 3.000 habitantes a los 44,83 para las de más de 50.000 censados, caso de la ciudad de Alicante.
En la capital alicantina, Aguas de Alicante aumentó recientemente el fondo social y la empresa ya hace años articuló para este colectivo medidas; así como dar facilidades en el pago de los recibos. La información está publicada en su web y otros municipios ya abordaron pautas similares ante el previsible aumento de peticiones". 

FUENTE Diario Información (Edición digital) Alicante 9.8.2023

miércoles, 2 de agosto de 2023

CONTAMINACIÓN ACÚSTICA POR .............¿¿¿¿¿.ACTIVIDADES SEXUALES?????

 

El Tribunal Supremo confirma la condena a una mujer de Salamanca por intromisión ilegitima en el derecho al honor y a la intimidad  de su vecina del piso de arriba al declarar en un programa de Radiotelevisión Española (RTVE) que, su vecina había sido denunciada por el Ayuntamiento por los ruidos provenientes de su actividad sexual, apuntando la posibilidad de que practicase la prostitución.

La condena viene a raíz de que el 8 de marzo de 2017 se emitiera un programa de televisión, en el espacio televisivo La Mañana de RTVEde unos diez minutos de duración, en el que se informaba que, una joven de Salamanca había sido multada por el Ayuntamiento por hacer ruidos que superaban los decibelios permitidosidentificándose en el vídeo la calle, la casa, el piso y la puerta de la vivienda de la mujer. En la emisión del programa el periodista manifestaba que los ruidos provenían de la cama de la mujer, por su actividad nocturnaque provocaban que se cayeran las cosas de la estantería de su vecina de abajo, quien también aparecía en el reportaje hablando.

La vecina salía declarando en el reportaje que no podía dormir a casusa de la fogosidad de la mujer, mostraba las grietas de su casa y explicaba que incluso el radiador llegaba a vibrar, y daba detalles de las expresiones que escuchaba; y que en el reportaje se apuntaba la posibilidad de la práctica de prostitución.

Fuente ; Economist & Jurist (Correo electrónico del Colegio de la Abogacía de Alicante del 2.8.2023)