martes, 5 de febrero de 2013
HERENCIA......O PARO
Recibir una herencia puede convertirse en un problema. Este ha sido el caso de una mujer que ha sido condenada por el Tribunal Supremo a devolver su subsidio por desempleo otorgado a los mayores de 52 años, del que era beneficiaria, por haber heredado un inmueble a dividir entre cuatro.
La desempleada no comunicó al Servicio Público de Empleo Estatal que había aceptado esta herencia hasta que, dos años más tarde, se vendió la casa en cuestión y pudo obtener su parte en metálico, que ascendía a 12.590 euros.
Al producirse este cambio en su situación económica, el Sepe decidió retirarle el subsidio con carácter retroactivo, remontándose al momento en que se firmó la escritura pública de partición de la herencia, dos años antes.
En ese momento, el Servicio Público de Empleo le obligó a devolver 12.956 euros, por lo que había cobrado en los 24 meses, ya que con la herencia dejó de cumplir el requisito para poder percibir la prestación no contributiva: que el patrimonio no superara el 75% del salario mínimo.
Ahora el Tribunal Supremo da la razón al Servicio de Empleo, considerando que el incremento patrimonial de la mujer se dio en el momento de recepción de la casa y no cuando se vendió.
Fuente : Diario Expansión (Edición digital) 05-02-2013
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